La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó de manera parcial la Ley de Educación del Estado de Puebla y ordenó incluir en una nueva norma la opinión de los pueblos y comunidades indígenas, así como de la población afromexicana y personas con discapacidad en la entidad, previa consulta.
En sesión virtual el Pleno de la Corte concluyó que los diputados locales omitieron realizar una consulta entre los integrantes de los grupos vulnerables, violentando los principios de igualdad y no discriminación.
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Tras la consulta previa a estos grupos vulnerables, los integrantes de la LX Legislatura podrán nuevamente abordar la discusión de la nueva Ley en un plazo de 18 meses, con la finalidad de que emitan un nuevo ordenamiento.
Al resolver las acciones de inconstitucionalidad 131/2020 y 186/2020, interpuestas por legisladores de oposición y por la Comisión de Derechos Humanos contra la norma aprobada, los ministros invalidaron nueve artículos de la referida Ley.
“Es procedente y fundada la acción de inconstitucionalidad, se declara la invalidez de los artículos 46, 47, 48, 51, 52, 53, 54, 55 y 56 de la Ley de Educación del Estado de Puebla expedida mediante decreto publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 18 de mayo de 2020”, señala la sentencia.
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Los artículos hacen mención a la garantía de los derechos educativos, culturales y lingüísticos para todas las personas, pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas, migrantes y jornaleros agrícolas.
#Gobierno ?| Invalida la @SCJN 5 artículos de la Ley de Educación del Estado de #Puebla, y ordena que se realicen consultas a comunidades indígenas y a grupos de personas con discapacidad. | vía @calderonciro pic.twitter.com/XmPfmeOriV
— MTP Noticias (@MTPNoticias) May 25, 2021
Foto: Ilustrativa, Internet