La Sala Regional de Ciudad de México del Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió un juicio electoral interpuesto por la excandidata de Morena a la reelección en el municipio de Puebla, Claudia Rivera Vivanco.
Con dicho recurso legal pretendía que se revisara la determinación del Tribunal Electoral del Estado (TEEP) para imponerle una sanción debido a violaciones a la norma electoral previo al inicio de las campañas electorales, cuando Rivera Vivanco no se había separado de sus funciones como alcaldesa de Puebla.
Lo anterior ya que se acreditó que la excandidata de Morena incurrió en promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña.
Al analizar el asunto, los magistrados concluyeron que solo en 12 publicaciones relacionadas con su quehacer gubernamental se acredita que la edil sí incurrió en promoción personalizada en el contexto electoral, mientras que en 19 publicaciones no se acredita una violación.
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Sin embargo, terminaron por confirmar la sanción impuesta a la excandidata de Morena consistente en una amonestación pública, además de que el TEEP deberá dar vista al órgano interno de control y a la Auditoría Superior del Estado para que sancione conforme corresponda.
“Se califica infundado el argumento relativo a que las manifestaciones estaban amparadas por la libertad de expresión pues como se menciona constituyen una infracción a la normatividad electoral, en consecuencia de modifica la resolución impugna y se confirma la sanción impuesta”, señala la sentencia.
#LaGrilla ?| Al resolver un juicio electoral interpuesto por Claudia @RiveraVivanco_ la Sala Regional #CDMX del @TEPJF_informa concluye que 12 publicaciones sí son promoción personalizada y 19 no; sin embargo confirmó la sanción impuesta a la excandidata. ??| vía @calderonciro pic.twitter.com/Mwp9h7KecQ
— MTP Noticias (@MTPNoticias) July 1, 2021