Diputados locales aprobaron en comisiones la propuesta del gobernador Miguel Barbosa Huerta que busca endurecer las sanciones contra conductores que manejen ebrios y, en ese mismo estado, provoquen la muerte.
A los automovilistas que sean sorprendidos conduciendo en estado de ebriedad les será suspendida y hasta cancelada definitivamente la licencia de conducir.
Mientras que para aquellos conductores que provoquen la muerte estando bajos los influjos del alcohol, o algún otro estupefaciente, se le impondrá de tres a ocho años de prisión.
La reforma plantea modificar el artículo 85 Bis del Código Penal para establecer que la suspensión de la licencia de conducir podrá extenderse hasta los 10 años.
Asimismo, se añade el artículo 323 en el que se propone que quien al conducir un vehículo cause homicidio o lesiones hallándose en estado de embriaguez superior al primer grado o bajo el efecto de estupefacientes, enervantes, psicotrópicos o cualquier otra sustancia que produzca un efecto similar, se sancionará de tres a ocho años de prisión.
Estas reformas propuestas por el gobernador, se dan después de la muerte de dos menores de edad que fueron atropellados por un conductor en estado de ebriedad en Atlixco. Se prevé que sean votadas por el Pleno del Congreso del Estado la próxima semana.
A razón de la iniciativa del gobernador, es preciso castigar severamente estos:
“Actos de indiferencia que consisten en la desvalorización de la vida e integridad física, por quienes, a sabiendas que operarán un vehículo automotor, consumen bebidas alcohólicas o sustancias clasificadas como drogas”.
Aprueban incrementar penas por evasión de reos y llamadas de broma
Los diputados locales también aprobaron incrementar la sanción contra quien cometa el delito de evasión de presos, a propuesta también del Ejecutivo del estado, y castigar con seis meses a cuatro años de prisión a quien realice llamadas falsas a los números de emergencia.
En este último caso, también se impondrán multa de 17 mil 924 pesos por la misma conducta, la cual tiene el objeto de inducir al error y movilizar a los sistemas de emergencias y urgencias o su equivalente.
En caso de reincidencia, se incrementará la sanción hasta en una mitad y si la llamada falsa es realizada por un adolescente, se sancionará de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable.