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12 PUEBLOS MÁGICOS (SEMANA SANTA)

Keren Reyes/ @keren_kelly/ @SIDECALI

Ante la ola de actos violentos, es dable mirar atrás, respecto de la génesis normativa en materia de hidrocarburos, puesto que no existía un tipo penal (delito) que regulara de manera técnica y concreta tal conducta, y al estar ante tal hecho se analizaba a la luz del Código Penal Federal como robo, en sus diversas modalidades que preveía el 368 Quáter con penas que iban de 6 meses a 10 años, cuando se trataba de posesión y hasta 12 años en sustracción de hidrocarburo.

El impacto económico estimado para la entidad paraestatal, por el mercado ilícito de combustibles por año asciende a 40 mil millones de pesos, ante la facilidad con que se sustraen los hidrocarburos, mediante tomas clandestinas y su incremento catastrófico se dio primordialmente en los últimos dos sexenios presidenciales, pues de 155 tomas clandestinas detectadas en el año 2000, para mediados de 2014 se detectaron 1963.

Los Estados más afectados durante el año 2015 por las tomas clandestinas han sido, en primer lugar, Tamaulipas con 601 denuncias, le sigue Guanajuato con 557; Puebla con 538; Estado de México con 319, entre otros estados.

Sin embargo, la proliferación de las actividades de la delincuencia organizada y la falta de mecanismos jurídicos específicos para su combate, propiciaron un incremento significativo de tomas clandestinas en estados que anteriormente no presentaban dicha problemática. Es decir, el conflicto de la extracción, posesión y distribución ilícita ya no era exclusivo de una región, sino que se extendió a toda la República Mexicana, de ahí la urgencia de crear normativamente una Ley que considerara todas las posibles incidencias.

Fue entonces que después de tantos debates y modificaciones al proyecto presentado en el Senado, en noviembre de 2014, vio la luz el 12 de enero de 2016 cuando se expidió la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los delitos en Materia de Hidrocarburos, donde de manera técnica habla de la materia, haciendo una descripción casuística en algunos tipos penales de tal ordenamiento, aunado a que dejó sin vida el inciso j) de la fracción I del artículo 253; las fracciones VII y VIII del artículo 254, y el artículo 368 Quáter del Código Penal Federal al ser derogados (mismos que hablaban del robo hidrocarburo).

Trayendo también un incremento en las penas, al ser la mínima de 2 años y hasta 15 años, en conductas como posesión o sustracción, en casos donde se aporten fondos para realizar conductas sancionadas por esta Ley serían castigados con hasta 25 años. Otro ejemplo es el de las gasolineras que vendan litros incompletos, al haber alterado sus bombas para tal lucro, conductas que antes se abordaban de manera general imponiendo penas y no solo multas.

Pero lo antes descrito, vio de nueva cuenta su modificación al haber sido aumentadas el 18 de Mayo de 2018, las penas a imponer, en tales delitos de 4 años como la mínima y 17 años la máxima, hablando de posesión y sustracción, el 01 de junio de 2018 fueron adicionados aspectos en el control y vigilancia en materia fiscal, para prevenir la comisión de los mismos y suspender sus efectos y por otro lado, la armonización con el Código Fiscal en Materia Tributaria donde 16 artículos sufrieron reforma y adición con relación a lo referido.

Si esto no fuera suficiente, se debe considerar el riesgo que significa para la población que vive en zonas en donde se instalan tomas clandestinas, así como donde se resguarda el producto, motivo de sustracción o apoderamiento ilícito, e incluso aquel peligro que se genera por su transportación sin las condiciones de seguridad adecuadas; ejemplo de esto es el incidente ocurrido en Texmelucan, Puebla, el 19 de diciembre de 2010, que causó el fallecimiento de 30 personas, decenas de lesionados y cuantiosos daños materiales, a consecuencia de una toma clandestina, por medio de la cual se quería sustraer ilícitamente crudo de oleoducto de Petróleos Mexicanos y que decir del lamentable acontecimiento del pasado viernes en Hidalgo donde perdieron la vida 85 personas, reportadas al momento, y donde el municipio de Tlahuelilpan sufre las consecuencias ambientales, sociales, económicas y políticas.

El hidrocarburo ha tomado un papel central en la escena política, pues la victima siempre ha sido la nación.

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LA VILLA
Keren Reyes

Hablando Derecho

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