En 2025 tenemos la implementación de diversas reformas constitucionales que fueron aprobadas el año anterior y de sus leyes secundarias, en relación con el Poder Judicial: en materia enérgetica, de Guardia Nacional, sobre prisión preventiva oficiosa, en seguridad pública y en torno a los organismos autónomos.
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De las reformas hemos mencionado su contenido en este espacio, destacando las que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación esta semana; concluyendo el año y comenzando otro con nueva legislación, como ocurre con el Artículo 21 Constitucional en el que se permite a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana coordinar la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y el Sistema Nacional de Inteligencia, fortaleciendo las operaciones del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para homologar estándares y criterios, así como mejorar la coordinación de los tres órdenes de gobierno en la materia, se deberá brindar la información disponible en la materia conforme a la ley; además, se podrá solicitar información a las instituciones y dependencias del Estado para la identificación y esclarecimiento de los hechos presuntamente constitutivos de delitos.
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Por otro lado, la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación abrogando la de 2021 donde se consideran características del perfil del funcionario o funcionaria judicial son rectores de la Carrera Judicial, anexando otras a las que contemplaba la ley anterior como sus principios.
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Se crea el Registro Único de Personas Servidoras Públicas de la Carrera Judicial, que contará con un padrón de relaciones familiares a través de un sistema electrónico en el que los servidores públicos deberán manifestar, cada seis meses, sus relaciones familiares en el Poder Judicial de la Federación, por afinidad o consanguinidad hasta el cuarto grado, así como los posibles conflictos de interés en el ejercicio de su encargo; constan con medidas como impedimentos en los nombramientos en casos puntuales.
Se legisla igualmente por la prevención del hostigamiento laboral, el acoso sexual y la integración de la plantilla de los órganos jurisdiccionales, siendo nueva denominación la Escuela Nacional de Formación Judicial.
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Los servidores públicos deberán observar el código de ética y el de conducta según corresponda, que a efecto sea emitido por las Secretarías o los órganos internos de control, conforme a los lineamientos del Sistema Nacional Anticorrupción, como parte de las reformas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, refiere que el Tribunal de Disciplina Judicial y los Tribunales de Disciplina Judiciales de los poderes judiciales de las entidades serán competentes para investigar e imponer sanciones a los servidores públicos.
Así empieza nuestro 2025, con nuevas reformas.