teatro del pueblo
911

Primera parte de 2

 

Buen inicio de semana tengan todos nuestros apreciables lectores…

 

La sociedad mexicana, lejos de encontrarse de beneplácito ante la posibilidad e inminente reformas en el ámbito penal, debiera encontrarse realmente preocupada.

 

Es cierto que la inseguridad ha rebasado a las corporaciones policiales y a los gobiernos Municipales, Estatales, y Federales, pero lo que proponen como reformas a los ordenamientos legales ¡NO es la solución!.

 

Como se ha sostenido por parte de quien en esto escribe, la respuesta a los problemas que como sociedad nos enfrentamos referentes a la delincuencia e inseguridad que se ha incrementado exponencialmente lo son el implementar una adecuada política criminal, pero no la que utilizan los políticos cuando andan en campaña, sino una política criminal que como parte integrante de la ciencia criminológica que se encarga, entre otras cosas, del estudio del iter criminis, de la cual establece que la prevención en sus tres vertientes es el camino que se debe tomar para encausar a la sociedad y la criminalidad que se vive.

 

Otro aspecto que se ha sostenido y no es ningún secreto lo es el implementar un adecuado programa de capacitación en un primer momento a los elementos policiales (de todos los niveles), que son quienes intervienen como primer respondiente en la mayoría de los hechos ilícitos que puedan acaecer, en un segundo momento a las corporaciones de investigación y procuración de delitos, pues solo basta el acudir a alguna agencia de ministerios públicos y podremos constatar la deficiente formación y capacitación que la gran mayoría de los funcionarios presentan, debiendo capacitarse dichos funcionarios desde el nivel más inferior dentro del organigrama hasta el mismo fiscal general; lo mismo debiera pasar por los funcionarios judiciales, que adolecen en muchos caso de una capacitación y capacidad jurídica, convirtiéndose en unos jueces cuida chambas haciendo lo que sus superiores les mandan y que se rigen por intereses mezquinos.

 

Las reformas planeadas no son la solución, para ello y su mejor comprensión veamos a continuación los 20 principales puntos que impactara la multi referida reforma:

 

  1. La reforma propone eliminar el concepto de Juez de Control y Tribunal de Enjuiciamiento.
  2. Se agregan los principios de fundamentación y motivación (…), imparcialidad e independencia judicial y de prohibición de comunicación ex parte. (significado de ex parte: Del Latín “por una parte”. Ex parte se refiere a un tipo de procedimiento legal iniciado en beneficio de una sola parte. Una parte solicita un procedimiento ex parte, y si se concede, el adversario puede no ser notificado de que ocurrirá. En una audiencia ex parte, solo se escucha una parte de una disputa. Se puede emitir una orden ex parte de dicho procedimiento. Las órdenes de restricción temporal, por ejemplo, pueden otorgarse ex parte. En tales casos, el demandante debe persuadir a un tribunal de que las acciones del demandado son tan dañinas que la orden de restricción debe emitirse sin argumentos del acusado. También se puede emitir una orden ex parte siguiendo un procedimiento en el que una parte, a pesar de la notificación, falla o decide no aparecer.
  3. Proponen dentro de la reforma agregar en la facultad de atracción a nivel federal para los delitos de tortura, desaparición forzada, trata de personas y secuestro.
  4. También se propone en la reforma agregar el concepto de declaración de preferencia para aquellos detenidos reclamados por autoridades de dos o más estados.
  5. Se inserta el concepto de reposición de constancias.
  6. Cuando existe pluralidad en defensores, asesores jurídicos y ministerios públicos, se limita el uso de la voz a uno por cada intervención de la parte que representan.
  7. Colocan a la Guardia Nacional como institución independiente de las Policías, cuando también es una institución de seguridad pública civil.
  8. Asimismo estiman pertinente que en la reforma se elimine a la víctima el derecho de realizar por sí actos de investigación, se le limita el derecho de interponer recursos, se establece el derecho a que la víctima sea representada por el Ministerio Público cuando falte el asesor.
  9. Se reconoce la posibilidad de que el imputado declare ante el Ministerio Público en presencia de su defensor, indicando que cuando decidan ejercer ese derecho ya no podrán mentir para defenderse, es decir cambiar su declaración.
  10. Se otorga el derecho a que el defensor pida el apoyo jurisdiccional para entrevistar personas.
  11. Se establece que todos los actos de investigación que realice la policía deberán ser autorizados por el Ministerio Público.
  12. Establecen que el Juez puede otorgar la libertad cuando no es prisión preventiva oficiosa, siempre que imponga medidas de protección, cuando el delito tenga pena de prisión que no exceda de tres años el término medio aritmético y garantice el daño, tenga trabajo, domicilio fijo.
  13. En caso urgente permiten que la persona este retenida ante el Ministerio Público por 48 horas.
  14. Se establece la existencia de cárceles especiales para policías, guardia nacional y fuerzas armadas.
  15. El procedimiento abreviado lo limitan a delitos cuya pena media aritmética no rebase los cinco años y que no amerite prisión preventiva oficiosa.
  16. Se elimina investigación inicial y complementaria.
  17. Se elimina la etapa intermedia.
  18. Se inserta la presunción de responsabilidad, cuando el imputado se niega a ser examinados por peritos
  19. Se establece como acto de investigación la reconstrucción de hechos.
  20. Se crea como acto de investigación la entrega vigilada y operaciones encubiertas. 

 

En conclusión, se tardaron más de ocho años en poder implementar el nuevo sistema penal, del año 2008 al 2016 y ahora lo pretenden desbaratar, y para explicar el porqué de esa afirmación en la próxima semana explicaremos punto por punto las implicaciones que encierran esas propuestas, pues vamos a tirar 12 años de avance a la basura. ¡Vamos hacia atrás!.

 

Lo anterior se tenía que decir ¡y se dijo!

 

¡Nos leemos la próxima semana!

 

Por @LAWNAVY

 

 

Búsquenos en redes sociales para cualquier comentario de esta o cualquier otra publicación de HABLANDO DERECHO DE DERECHO:
Facebook: sidecalifirmalegal
Twitter: @SIDECALI
Whats App: 2225802438/ 2227144225

20% descuento Puebla  -México
Keren Reyes

Hablando Derecho

Hablando Derecho