Alejandro Camacho Fierro
El Partido Revolucionario Institucional (PRI) peleará para que se entregue la regiduría, en el ayuntamiento de Puebla, a Edgar Chumacero con fundamento en el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Y es que el Secretario Jurídico del PRI en Puebla, Mario Conde aseguró que con base en los lineamientos del código, la regiduría correspondería al tricolor sin importar que no hayan logrado los votos mínimos en la pasada elección se debe designar sin pretextos.
El abogado del PRI afirmó que con este párrafo el Partido Revolucionario Institucional sí obtendrá la segunda regiduría en el ayuntamiento de Puebla, ya que la ley les otorga el derecho sin importar que no logren obtener los votos mínimos para esta designación.
Explicó que la impugnación presentada ante el Instituto Electoral del Estado (IEE) se basa en el párrafo sexto del artículo 323 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
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Sentenció que este artículo señala que sin importar que un partido no haya logrado el número de votos mínimos para obtener este espacio, pero que aún queden regidurías por repartir, la ley aclara que estos espacios se tendrán que repartir en forma descendente entre los partidos que mantengan el registro.
“A nosotros se nos debió de haber asignado por el sistema de decreciente al contar con 27 mil votos… lo presentamos ante el IEE porque así lo establece la ley, y ya será el Tribunal Local es quien deberá de resolver porque no opera la figura “per saltum” y hay tiempo suficiente para resolverlo”.
Al final, Mario Conde refirió que hay plena confianza de que lograrán este triunfo, pues si bien no cuentan con los 46 mil votos para poder obtener este lugar, sí lo lograron obtener el 3 por ciento de la votación emitida, lo que les da el derecho a este espacio.
Cabe destacar que fue el propio Instituto Estatal Electoral quien ratificó la negativa a la entrega de la regiduría a Edgar Chumacero bajo el argumento de que no alcanzó el número de votos necesarios para ingresar como segunda fórmula.
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Sin embargo, la ley local señala en su Artículo 323:
“VI.- Si después de aplicarse el Cociente Natural quedaren Regidores por repartir, éstos se distribuirán entre los partidos políticos que no hayan alcanzado dicho Cociente Natural, asignándose un Regidor a cada partido político, en orden decreciente al número de votos que hayan obtenido”.
Foto: Especial