¿Te gustaría operar grúas o corralones en Puebla?, seas empresa nueva o ya tengas una constituida, ya te puedes inscribir para ser concesionario y contar con tus papeles en regla.
Ya se publicaron los lineamientos para los interesados en contar con los permisos para el servicio de arrastre y depósito de vehículos.
Si estás interesado en participar en la convocatoria, tienes hasta el 26 de agosto de 2024 para inscribirte directamente en la Secretaría de Movilidad y Transporte del Gobierno de Puebla.
Para esto tienes que integrar un portafolio, ya sea para servicios de grúas u operación de corralones con los documentos que te compartiremos a continuación.
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¿Cuáles son los requisitos para participar en la convocatoria y operar grúas y corralones?
A partir de este 26 de julio y hasta el 26 de agosto tienes que integrar tu portafolio ya sea como persona física o moral para ser concesionario.
Los documentos que solicitan para las personas físicas que quieren prestar el servicio de grúas son los siguientes:
-Identificación oficial vigente.
-Clave única de registro de población (CURP).
-Acta de nacimiento original.
-Comprobante domiciliario no mayor a dos meses de antigüedad.
Para las personas morales, deben incluir los siguientes documentos:
-Copia de certificado del acta constitutiva de la empresa
-Documento de las facultades de quien cuente con la representación legal ante notario público
-Escritura constitutiva con el objeto social que indique la prestación del servicio de grúas
-Identificación oficial del representante legal
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¿Cuáles son las características que deben tener las grúas en Puebla?
Si cuentas con grúas, estas deben cumplir con una serie de características para que te puedan otorgar la concesión, las cuales son las siguientes:
Las grúas deben contar con una torreta, plataforma o sistema de elevación, con capacidad para arrastrar cualquier tipo de vehículos.
También deben contar con un equipamiento de emergencia como gatos, extintores, luces blancas en los costados de la unidad y señalética vial.
Asimismo deben portar una lista de tarifas visibles para los usuarios, así como un foco lento que avale la concesión y la revista vehicular anual.
Para los usuarios, deben entregar al momento de la atención un oficio que se informe el servicio prestado, nombre y número de la carretera, ruta, kilómetro inicial y final.
¿Cuáles son los requisitos para los depósitos en Puebla?
Para los depósitos de vehículos, los concesionarios que son personas físicas deben entregar los siguientes documentos:
-Acta de nacimiento original.
-Clave Única de Registro de Población (CURP) no mayor a tres meses de su impresión.
-Carta de antecedentes no penales.
-Identificación oficial vigente.
-Comprobante domiciliario del solicitante con antigüedad no mayor a dos meses.
En cuando a las personas morales, tienen que entregar también los siguientes documentos:
-Copia certificada del acta constitutiva en la que conste como actividad principal la prestación del servicio de grúas y depósito de vehículos, así como del documento en que consten las facultades del representante legal otorgado.
-Identificación oficial de su representante legal.
-Comprobante de domicilio fiscal.
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También tanto personas físicas como morales deben ingresar a sus documentos lo siguiente:
-Copia certificada del documento idóneo que acredite el goce y disfrute en términos de la legislación aplicable del inmueble en el que se pretenda prestar el servicio de depósito de vehículos.
-La inscripción actualizada del solicitante en el Registro Federal de Contribuyentes.
-Levantamiento topográfico y croquis que indique la ubicación, superficie, colindancias y orientación del terreno en donde se pretende establecer el depósito de vehículos.
-Exhibir fotografías en las que conste para su verificación que el inmueble cumple con las condiciones establecidas en el artículo 350 de este Reglamento.
-El permiso o autorización de uso de suelo del predio en donde se encuentre el depósito de vehículos, expedido por autoridad competente.
-Dictamen de impacto vial del predio en donde se encuentre el depósito de vehículos, expedido por autoridad competente o perito en la materia.
-Póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, la cual deberá presentarse con el respectivo comprobante de pago. Dicha póliza deberá cumplir con las especificaciones que señala el presente Reglamento y deberá permanecer vigente durante el tiempo que dure la concesión. –Los lineamientos para el seguro obligatorio consideran: responsabilidad civil por daños a terceros 50 mil veces las Unidades de Medida y Actualización Vigente por evento; la póliza de seguro debe ser de vigencia anual.
-Garantía a favor de la Secretaría de Planeación y Finanzas del Gobierno de Puebla para asegurar la continuidad de los trámites correspondientes, equivalente al veinte por ciento del pago de derechos, por el otorgamiento de cada concesión, de conformidad con lo establecido en la Ley de Ingresos del Estado vigente.
-Programa Interno de Protección Civil aprobado por la autoridad competente.
-Formatos de inventarios para la recepción y entrega de vehículos de acuerdo con los autorizados por la autoridad competente.
En cuanto a las características que deben tener los depósitos de vehículos son las siguientes:
-Predio con una superficie mínima de 4 mil metros cuadrados, barda perimetral, con instalación eléctrica, oficinas administrativas, infraestructura para atención al público, que garantice un servicio eficiente.
-Acreditar los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos necesarios para prestar el servicio.
-Contar con línea telefónica e internet.
-Terreno con piso compactado.
-Contar con medios de pago electrónico.
-Contar con Infraestructura para atención al público y sanitarios. -Tarifas autorizadas, visibles al público en general.
-Debidamente rotulado el depósito vehicular para su identificación.
-Contar con sistema de vigilancia que incluya dispositivos o medios tecnológicos.