La diputada local de Morena, Nay (Nayeli) Salvatori, presentó una iniciativa para tipificar como delito el incumplimiento del pago de pensión alimentaria.
Durante la sesión del Congreso de Puebla, este 5 de abril, la legisladora por Cholula afirmó que con esta reforma se garantiza el pago de los adeudos.
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La propuesta establece el delito de ‘incumplimiento de la obligación de alimenticia‘ en el Código Penal, además de que el responsable debe hacer con el pago de pensión alimentaria.
De esta manera, los deudores “se ven forzados a cumplir con sus obligaciones” y las víctimas, en este caso los hijos, podrán acceder de manera pronta a la reparación del daño.
¿Cuál sería la pena por incumplir pago de pensión alimentaria?
Es de señalar que el Código Penal castiga con de tres meses a un año de prisión a quien deje de pagar la pensión alimentaria de manera injustificada.
Esto aplica cuando la deuda es de dos meses consecutivos o de cuatro meses no consecutivos, además de una multa de seis a 24 meses de salario mínimo.
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Salvatori señaló que en el país tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimentaria, mientras que el 67 por ciento de las madres autónomas enfrentan la evasión de obligaciones de sus exparejas, de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
La diputada explicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido sentencias, en las que estipula que los deudores deben cumplir con su obligación, aun cuando el proceso penal en su contra no esté concluido.
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Aún cuando en el juicio haya una suspensión condicional, se deberá cumplir obligación de pago de alimentos, para garantizar los derechos de las infancias.