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Impulsan propuesta legislativa para prohibir corte de cola y orejas en animales en Puebla

En sesión de la Comisión Permanente del Congreso del Estado, se presentaron iniciativas en materia de procuración de justicia.
Impulsan propuesta legislativa para prohibir corte de cola y orejas en animales en Puebla
Congreso del Estado presentó una iniciativa para adicionar la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla. Créditos: Especial

Con el objetivo de prohibir los procedimientos quirúrgicos estéticos en los animales en Puebla.

Como es la práctica del corte de colas y orejas en perros de diferentes razas.

La diputada Eliana Angélica Cervantes González presentó una iniciativa para adicionar la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla.

¿En qué consiste prohibir el corte de orejas en animales?

La iniciativa tiene como objetivo, prohibir las intervenciones quirúrgicas estéticas, cuyo fin sea modificar la apariencia de los animales.

Como es el corte de colas, orejas o de las cuerdas bucales, a excepción de los que se realicen por necesidades terapéuticas que garanticen la salud del animal.

La propuesta legislativa, que pretende adicionar un último párrafo al artículo 44 de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla.

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Fue turnada a la Comisión de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático, para su análisis y resolución correspondiente.

Impulsan propuesta legislativa para prohibir corte de cola y orejas en animales en Puebla
Comisión Permanente del Congreso del Estado presentó una iniciativa para adicionar la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla. Créditos: Especial

Durante la sesión de la Comisión Permanente del Congreso del Estado, se dio cuenta de las siguientes iniciativas:

-Iniciativa de la diputada Nancy Jiménez Morales para reformar el Código Penal del Estado con el objetivo de establecer que comete el delito de turismo sexual.

Es contra quien promueva, financie o gestione el viaje para una o más personas, al interior o exterior del territorio estatal.

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Esto con la finalidad de presenciar o realizar cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados, con una o varias personas menores de 18 años de edad.

La propuesta legislativa establece que a las personas que incurran en este delito se le impondrá una pena de siete a doce años de prisión.

Además de una multa de ochocientas a mil quinientas Unidades de Medida y Actualización.

La iniciativa propone reformar los artículos 224 y 224 Bis y adicionar la Sección Segunda Bis, denominada “Turismo Sexual”, al Capítulo Séptimo del Libro Segundo del Código Penal del Estado de Puebla.

La propuesta fue enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, para su estudio y dictaminación procedente.

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