A la par que Morena aplazó la fecha para dar a conocer a su candidato o canadidata a la gubernatura de Puebla, emitió las convocatorias para que se inscriban los interesados en competir por una diputación federal o senaduría en la elección del 2024.
Fue a través de su cuenta de X (antes Twitter) en donde el dirigente nacional del partido, Mario Delgado compartió los lineamientos que deben cumplir las y los interesados a estos cargos de elección popular.
Todos los aspirantes deberán registrarse del primero al tres de noviembre, aunque no queda claro si quienes compiten por la gubernatura de Puebla y están en la lista final puedan hacerlo e ir declinando en automático.
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Lista convocatoria para diputaciones y senadurías:¿cuándo se pueden inscribir?
La convocatoria para ambos cargos por mayoría relativa estará disponible a partir de las 00:00 horas del primero de noviembre hasta a las 23:59 horas del tres del mismo mes en la página: http://registro.morena.app
Sin embargo, en el caso de los diputados a reelegirse por el principio de representación proporcional deberán hacerlo del 20 al 25 de noviembre y las senadurías a elegirse por representación proporcional también en el mismo periodo.
Los registros que sean aprobados tanto para diputaciones federales como senadurías se darán a conocer a mas tardar el 18 de enero y se podrán consultar en la página: https://morena.org/
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Requisitos para diputación federal:
-Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.
-Tener 18 años cumplidos el día de la elección.
-Ser originario/a de la entidad federativa que pretenda representar, o vecino de este con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella. Para poder figurar en las listas de las circunscripciones electorales plurinominales como candidato/a a diputado/a, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre. La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular.
-No tener alguno de los impedimentos a que se refieren las fracciones IV a la VII del artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
-En caso de ser militante, tener pleno ejercicio de los derechos partidistas y no estar inscrito en el registro de personas sancionadas por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, en su caso.
-Haber acreditado o estar inscrito en el curso de formación política al que se refiere la última parte del primer párrafo del artículo 6° Bis del Estatuto; en todo caso, quienes resulten seleccionados o seleccionadas en las candidaturas deberán acreditar la conclusión del mismo; de lo contrario no procederá el registro.
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Requisitos para senadurías:
-Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.
-Tener veinticinco años cumplidos el día de la elección.
-Ser originario/a de la entidad federativa que pretenda representar, o vecino de este con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella. La vecindad no se pierde por ausencia en el desempeño de cargos públicos de elección popular.
-No tener alguno de los impedimentos a que se refieren las fracciones IV a la VII del artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
-En caso de ser militante, tener pleno ejercicio de los derechos partidistas y no estar inscrito en el registro de personas sancionadas por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia.
-Haber acreditado o estar inscrito en el curso de formación política al que se refiere la última parte del primer párrafo del artículo 6° Bis del Estatuto; en todo caso, quienes resulten seleccionados y seleccionadas en las candidaturas deberán acreditar la conclusión del mismo; de lo contrario no procederá el registro.
-No haber sido postulado por otro partido político para candidatura alguna en los procesos electorales federal o local inmediatos anteriores en la entidad en que pretenda participar, salvo que en dicho proceso electoral haya mediado convenio de coalición o candidatura común con dicho partido político.
Todos los aspirantes deberán de deslinarse de cualquier campaña pública, política, financiera y jurídicamente, ya sea de espectaculares, lonas y bardas pintadas.
Las precandidatas para considerarlas como las candidaturas finales para diputaciones y senadurías, se hará a más tardar el 24 de enero de 2024 por el principio de mayoría relativa y 31 de enero por representación proporcional.