Una multa de hasta 108 mil 570 pesos serán acreedores los establecimientos, locales, puestos ambulantes o cualquier giro comercial que venda alcohol en la ciudad de Puebla, durante la Ley Seca previo a la jornada electoral del dos de junio.
Luego de que el gobierno estatal anunció que a partir del sábado primero de junio y hasta el domingo dos de junio estará prohibida la venta de alcohol en la entidad para que la ciudadanía acuda a votar de manera responsable.
El alcalde de la ciudad, Adán Domínguez, informó que el Ayuntamiento de Puebla se apegará a la determinación del estado para prohibir la venta de alcohol en la capital.
“Nosotros vamos a estar homologando la Ley Seca en el municipio de Puebla a lo que el Gobierno del Estado determine para todo el estado, es decir, lo que buscamos es que haya homologación en cuanto a esta determinación”, declaró.
Te puede interesar: ¡A guardar el alcohol! Aplicarán dos días de Ley Seca en Puebla por elección
Además de que también viene estipulado en el Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun) en su artículo 608 y dice lo siguiente:
“Artículo 608.- Es facultad del Presidente Municipal prohibir la venta, enajenación y consumo de bebidas alcohólicas en días y horas determinados, dando a conocer esta disposición, así como las sanciones en caso de incumplimiento que se aplicarán a quienes infrinjan las mismas, a través de los medios masivos de comunicación, al público en general, por lo menos con cuarenta y ocho horas de anticipación”, dice.
En algunos centros comerciales y tiendas de autoservicio como OXXO, ya han alertado a sus consumidores que el próximo sábado inicia la Ley Seca, por lo que alientan a que compren.
Sugerimos: Cinépolis, Starbucks y más: estas promociones habrá el día de la elección en México
¿Cuáles son las multas por no respetar la Ley Seca?
De acuerdo con el artículo 217 del Código Reglamentario para el Municipio de Puebla (Coremun), se establece una multa de 100 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Actualmente una UMA es equivalente a 108.57 pesos, por lo que la sanción puede ir de los 10 mil 857 pesos a los 108 mil 570 pesos.
También se señala que las personas pueden tener un arresto administrativo de hasta 36 horas y una clausura temporal de 1 a 30 días, dependiendo de la gravedad.
De igual manera, en el artículo 618 se especifica que las personas que vendan bebidas alcohólicas en la vía pública también serán arrestadas por 36 horas, no conmutables con multa.
Por @MTPNoticias/ MTP Noticias