2° INFORME DE RESULTADOS SERGIO SALOMÓN, DOS AÑOS JUNTOS DOS AÑOS PRESENTES

Yván Vargas/ @LAWNAVY 

Buen inicio de semana tengan todos nuestros apreciables lectores.

En esta semana nuevamente el tópico de la prisión preventiva oficiosa fue tema de conversación del gremio de los estudiosos del derecho y observadores sociales.

Lo anterior derivado de que el partido de Andrés Manuel López Obrador ha vuelto a enseñar su poderío político ya que cuenta con mayoría en el Congreso y sacó adelante la noche del martes en la cámara baja una reforma constitucional que suma nueve delitos al catálogo de crímenes que ameritan prisión preventiva automática u oficiosa.

La reforma había sido aprobada en diciembre por el Senado, pero había sido debatida desde entonces por al menos 70 expertos que desfilaron ante el Parlamento para exponer sus observaciones a un dictamen que establece la medida cautelar de forma obligatoria para los delitos de corrupción, el uso de programas sociales con fines electorales y el robo de combustible, entre otros.

Bajo el argumento de “Restablecer la paz social”. Fue la consigna del Gobierno de Morena para promover la reforma del artículo 19 de la Constitución tras seis horas de intenso debate en la cámara de diputados. El oficialismo justificó la propuesta en la necesidad de brindar al Ministerio Público herramientas para combatir el crimen. La oposición, junto con varias organizaciones como el Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, ha sido crítica con la modificación porque creen que esta violenta la presunción de inocencia.

La reforma incluye, además de los delitos descritos, el abuso o violencia sexual contra menores, el feminicidio, el robo al transporte de carga, el robo a una vivienda, la desaparición forzada de personas y posesión de armas de fuego de uso exclusivo del Ejército. Con esta modificación, el juez tendrá la obligación de enviar a la cárcel a cualquiera que sea acusado de estos delitos sin derecho a una medida cautelar distinta a la prisión preventiva oficiosa. El catálogo de delitos graves ya estaba integrado por delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas o atentado contra la seguridad nacional.

Y es aquí donde nos preguntamos ¿se habrán dado cuenta los legisladores que se pasan por el arco del triunfo a la Constitución, misma que deben salvaguardar empero que modifican a placer y conveniencia?

La misma Constitución prevé y se supone “salvaguarda” la presunción de inocencia misma que distintos tratados y convenciones internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y exige su estricta observancia, pero por otro lado, con esos criterios retrogradas la vapulean y pisotean a placer, dejando mal plantada a la Nación Mexicana ante los ojos Internacionales, citando en ese contexto por ejemplo a Rubén Pérez Sánchez, director de asuntos jurídicos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, quien lamenta la decisión del Congreso Mexicano, pues considera que la prisión preventiva obligatoria es una medida cautelar que debe ser utilizada solo en situaciones extremas.

Ahora bien “¿Qué consecuencias puede tener dicha reforma?; pues simplemente que el fiscal, con reunir unos pocos elementos envíe a alguien a la cárcel sin investigar, generándose así reos sin condenas y alentamos la impunidad, porque si alguien es culpable y el Ministerio Público no realiza la investigación, a los dos años puede quedar en libertad”.

Por otro lado el abogado Gonzalo Alanis Figueroa asegura “Es muy grave y muy preocupante esta reforma”, dicho letrado es miembro del Colegio de Abogados mexicano y uno de los expositores que pasaron por el Congreso.

“Tendremos un sistema judicial con aspectos más inquisitorios que adversariales. Con un indicio razonable o un simple señalamiento, la gente puede terminar privada de su libertad”.

La última encuesta sobre población carcelaria del Instituto Nacional de Estadística y Geografía señaló que en 2016 una tercera parte de los presos en México no tenían una sentencia condenatoria. Alanis alerta que la facilidad para encarcelar a alguien podría terminar desmotivando las investigaciones policiales y judiciales.

Decenas de expertos que se posicionaron en contra del proyecto del Gobierno han señalado además que el uso de la prisión preventiva automática está relacionado a regímenes autoritarios y no democráticos.

“Es una figura normal en regímenes autoritarios donde no hay diferencia entre las autoridades que investigan y las autoridades que sentencian, donde no hay independencia judicial y las personas están expuestas al ejercicio arbitrario del poder. En un estado democrático de derecho se considera que la privación de libertad es una medida excepcional”, había advertido Jan Jarab, representante de la ONU en México.

La reforma constitucional implica un “castigo anticipado” que podría terminar generando un impacto negativo en la integración social, explica Fernanda Dorantes, directora jurídica de Reinserta, una organización civil dedicada a defender los derechos de las personas en prisión.

“Es una política completamente demagoga y absurda, que no va a tener ninguna implicación en la disminución de los delitos”, comenta.

Es lamentable ver que en México solo se legisla por conveniencia sin realizar análisis profundos y exhaustivos enfocados en una evolución real del derecho encaminado a la mejora de la sociedad y sigamos inmersos en “reformas” irreflexivas populistas y retrógradas que lamentablemente nos seguirán sumergiendo en el pantano de la ineptitud jurídica y legislativa.

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Buen fin Viaja a CDMX
Keren Reyes

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