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PARA QUE SEA LEGAL MUJERES PODRÁN CARGAR MÁXIMO 150 GRAMOS DE GAS PIMIENTA

Las mujeres y hombres podrán portar hasta 150 gramos de gas pimienta

@MTP Noticias

Este domingo, la Secretaría General de Gobierno difundió una síntesis de lo que contiene la iniciativa entregada la semana pasada al Congreso del Estado, para regular el uso del gas pimienta como medida de defensa contra delincuentes.

Entre otros planteamientos, se incluye el uso de armas electrónicas (para generar descargas a ladrones) pero que no pongan en riesgo la vida de los ladrones.

Cabe recordar, esta iniciativa se generó ante la polémica causada el mes anterior por el secretario de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de Puebla, Manuel Alonso García quien dijo que era ilegal que las mujeres usaran gas pimienta para defenderse en la calle, porque era considerada como un arma y eso era motivo de prisión.

Por lo anterior, este es el comunicado de la dependencia en Puebla:

“Con el objetivo de brindar herramientas que fortalezcan las medidas de seguridad y fomenten una vida libre de violencia para las mujeres, como parte del segundo eje de la estrategia integral “De Una Vez Por Todas” (Reformas legales para inhibir conductas delictivas) y en respuesta del estado a toda acción atentatoria contra los derechos de la mujer y de las personas en situación de vulnerabilidad (no solo penal, sino también en materia civil, laboral y administrativa), el Ejecutivo, por conducto de la Secretaría General de Gobierno, envió al Congreso local tres iniciativas de reforma de ley que modifican:

La Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla: la reforma a esta ley contempla obligar al Estado, en la medida de sus posibilidades, a garantizar la reparación del daño de las mujeres víctimas de violencia, lo que se traduce en un mejor actuar de las autoridades.

De igual forma, se busca que todo centro de trabajo (del ámbito público o privado), esté certificado en materia de igualdad laboral y no discriminación.

Asimismo, se busca robustecer los esquemas de actuación de la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de Salud y el Instituto Poblano de las Mujeres en el tratamiento de los casos de violencia contra mujeres.

La Ley Orgánica del Poder Judicial: el objetivo de su modificación es lograr la aplicación de los tratados internacionales en la materia, incorporándose la obligación de todo servidor público para guiar su actuación con perspectiva de género. A su vez, se busca garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en situación de vulnerabilidad, implementando políticas que les permitan el pleno goce de los servicios del sistema judicial.

La Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado: se incorporará en el artículo 19 la obligación del Estado de promover condiciones destinadas a posibilitar que las mujeres indígenas accedan a políticas de prevención del delito por razones de género.

Reforma al Artículo 179 del Código Penal: se permitirá a mujeres y hombres, por igual, por razones de seguridad y en legítima defensa, el uso de instrumentos no letales como rociadores, espolvoreadores y gasificadoresde sustancias químicas no letales que produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, siempre que no sean de capacidad superior a los 150 gramos. De igual manera, permite el uso de armas electrónicas que sólo provoquen efectos temporales, siempre que su uso no cause la pérdida del conocimiento, ni ponga en riesgo la vida”.

Foto: Rocaportal

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