Alejandro Camacho/ @alecafierro
Al menos, el 50 por ciento de los casos de trata de personas con fines de explotación sexual no son sancionados, debido a que la ley en México no está alineada con los tratados internacionales que tipifican esto como un delito grave, así lo comentó Oscar Salomón Cortés Flores, catedrático de la Escuela Libre de Derecho y presidente de la “Fundación Restaurando México”
Pero, además, los errores en el Sistema de Justicia penal como la ausencia de capacitación a policías como primeros respondientes y de ministerios públicos que criminalizan aún más a las víctimas, es que los responsables de este delito encuentran en su mayoría quedan absueltos de todo delito.
“En la mitad de los casos, los infractores salieron, libres porque no hubo una correcta tipificación del delito a manos del Ministerio Público. Pero las víctimas no lograban acreditar el enamoramiento y el engaño, así como que se criminaliza aún más a las victimas cuando son atendidas por personal ministerial”.
En este tenor, el abogado resaltó que en México hay una ausencia en los procedimientos para la tipificación del delito de trata de personas con fines de explotación sexual, pues la ONU tiene un criterio a nivel internacional que no se aplica en nuestro país.
“Las reglas procesales son diferentes que en otros países. Por ende, en México es más difícil acreditar este delito. El derecho penal procesal establece que entre menos elementos se tengan más difícil es acreditable el delito, lo que genera que haya sentencias absolutorias”.
En consecuencia, en materia internacional, afirmó que se busca que el delito esté más completo, pero en la realidad es que, en estados como Tlaxcala, Puebla, Veracruz y centros turísticos con playa, donde hay trata de personas con fines de explotación sexual, hay operadores jurídicos que no saben demostrar los elementos probatorios del delito.
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