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Restaurantes y cafeterías ya no podrán vender alcohol después de las 22 horas

A través de un decreto, el gobierno del estado restringió los horarios de venta de alcohol en restaurantes y cafeterías, pues solo estará permitida hasta las 22:00 horas de lunes a sábado y domingos desde la apertura hasta las 18:00 horas.

 

Esto de acuerdo con la publicación del Periódico Oficial del Estado en los que se reforman los lineamientos de apertura responsable de las actividades económicas, de recuperación del empleo y sociales en la entidad.

 

En dicho decreto se establece que los pequeños comercios podrán mantener un horario de apertura de 8:00 a 21:00 horas de lunes a domingo. Mientras que tiendas departamentales y centros comerciales podrán iniciar operaciones a partir de las 10:00 horas y cerrar a las 23:00 horas.

 

En cuanto a las medidas de seguridad e higiene, se mantienen las vigentes como acceso controlado, aforo de 30 por ciento, uso obligatorio de cubrebocas, toma de temperatura, entre otros.

 

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A continuación MTP Noticias te presenta las especificaciones implementadas por el gobierno estatal a partir de este fin de semana:

 

Pequeño comercio (De 1 a 10 empleados):

 

– Horario de las 08:00 a las 21:00 horas, de lunes a domingo, con aforo reducido al 30%.

 

– Monitoreo obligatorio del aforo en el comercio. Se recomienda la aplicación Aforo Seguro de Parkimovil.

 

Controles estrictos al ingreso: toma de temperatura, colocación de gel antibacterial y uso obligatorio de cubrebocas.

 

Tiendas departamentales:

 

Horario de las 10:00 a las 23:00 horas, de lunes a domingo, con aforo reducido al 30%.

 

Controles estrictos al ingreso: toma de temperatura, colocación de gel antibacterial y uso obligatorio de cubrebocas.

 

Centros comerciales:

 

– Horario de las 10:00 a las 23:00 horas, de lunes a domingo, con aforo reducido al 30%, exclusivamente para realizar compras.

 

– Controles estrictos al ingreso: toma de temperatura, colocación de gel antibacterial y uso obligatorio de cubrebocas.

 

– Medidas para evitar aglomeraciones en departamentos de alta afluencia, como ingreso controlado, colocación de unifilas, atención con citas o con turnos.

 

– Colocación de señalética que indique la importancia de mantener la sana distancia y el uso de cubrebocas.

 

– Se eliminarán áreas de descanso.

 

– Las áreas de juegos infantiles deben permanecer cerradas.

 

– Los establecimientos y áreas de comida rápida, además de servicios para llevar, podrán servir en el establecimiento, con un aforo reducido al 30%.

 

– Restaurantes en el interior, además de servicios para llevar, podrán servir en el establecimiento, con un horario máximo de cierre a las 23:00 horas, de lunes a domingo; con aforo reducido al 30%.

 

Restaurantes y cafeterías:

 

– Los establecimientos de comida rápida, además de servicios para llevar, podrán servir en el establecimiento, con un aforo reducido al 30%.

 

– Aforo reducido al 30%.

 

– Horario máximo de venta de bebidas alcohólicas a las 22 horas, de lunes a sábados, y a las 18 horas los domingos.

 

– Horario máximo de cierre de los establecimientos a las 23 horas, de lunes a sábados.

 

– Horario máximo de cierre de los establecimientos a las 19 horas, los domingos.

 

Negocios con menos de 15 empleados como loncherías, cocinas económicas, torteras, taquerías:

 

– Aforo reducido al 30%.

 

– Horario máximo de cierre de los establecimientos a las 23:00 horas, de lunes a sábado

 

– Horario máximo de cierre de los establecimientos a las 19:00 horas, los domingos.

 

Por Carlos Cózatl/ @cr_cozatl

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