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Ordena la Corte reconocer a niños trans en Puebla

Foto:Ilustrativa /lascebrassalen.com

En Puebla, los menores de edad que deseen cambiar de sexo podrán tener derecho a que se reconozca su nueva identidad en un acta de nacimiento.

Lo anterior tras un fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante el cual declaró inconstitucional un artículo del Código Civil del Estado, que establecía un límite de edad para realizar una reasignación de sexo en el registro civil del estado.

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Con ello, el Congreso del Estado deberá realizar una nueva modificación al artículo 875Ter para suprimir como requisito la edad mínima de 18 años para la expedición de una nueva acta de nacimiento de resignación de género.

Los ministros de la Corte consideraron que al establecer un límite, se transgrede el derecho de las niñas, niños y adolescentes al libre desarrollo de la personalidad, y contraviene el principio constitucional de la no discriminación.

Fue la Comisión Nacional de Derecho Humanos (CNDH) la responsable de promover una acción de inconstitucionalidad en contra de la llamada “Ley Agnes”, que aprobó el Congreso del Estado el año pasado.

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La ministra Jazmín Esquivel Mossa fue la encargada de desahogar el juicio 73/2021, promovido el 26 de mayo de 2021 por la CNDH, sin embargo, los alcances de la sentencia de la SCJN serán dados a conocer la próxima semana al reanudar la sesión.

Esquivel Mossa consideró que el fallo obedece a una adecuada atención de la autonomía progresiva de la infancia y de la adolescencia, y a que las niñas, niños y adolescentes sean tomados en cuenta en sus opiniones y en todo procedimiento que les afecte.

 

Por Ciro Calderón / @calderonciro

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