Alejandro Camacho Fierro
Multas de 10 a mil días de salario mínimo (900 a 90 mil pesos) así como clausuras, serán las sanciones que aplique el Ayuntamiento de Puebla durante la ley seca en la próxima jornada electoral.
Y es que será a partir de la media noche del 30 de junio y hasta el último minuto del 1 de julio, que se aplicará la restricción de venta de bebidas alcohólicas.
Al respecto, el presidente municipal, Luis Banck dio a conocer que se buscará aplicar esta medida en los mismos términos en toda la zona metropolitana, con el interés de que haya orden general el día de los comicios.
Destacó que están en la espera de que el gobierno federal emita las recomendaciones para las entidades federativas y ayuntamientos, por lo que se restringirá la venta de alcohol desde el primer minuto del sábado 30 junio al último del primero de julio.
“Mientras el gobernador no la tome no les puede adelantar. La recomendación es del gobierno federal y estatal, si no la toman tendré que tomar yo la decisión, lo que si voy a buscar es que haya coordinación metropolitana. Mi perspectiva es que por lo menos debe haber la misma restricción o no en la zona”.
Explicó que la medida que aplicará a todo establecimiento con venta de bebidas alcohólicas, es decir, tiendas, misceláneas, tiendas de conveniencia, restaurantes, bares, antros y centros comerciales.
El alcalde de Puebla argumentó que la iniciativa busca observar y hacer cumplir la ley, por lo que se adecuarán a lo que marca el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla.
Por lo anterior, los negocios que incumplan con este ordenamiento serán sancionados económicamente con multas de 10 a mil días de salario y hasta sujetos a clausuras como lo establece el Coremun.
De esta manera, áreas como Gobernación Municipal así como Normatividad y Regulación Comercial estarán al pendiente de que se cumpla esta disposición en establecimientos como:
Miscelánea o ultramarinos con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6 grados en envase cerrado y en botella cerrada; depósito de cerveza; bodega de abarrotes y bebidas alcohólicas en botella cerrada; baños públicos con venta de cerveza en botella abierta; billares con venta de bebida alcohólica en botella abierta; pulquería; vinatería; boliche con venta de cerveza y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de 6 grados en envase abierto; centro botanero; restaurante bar; salón social con venta de bebida alcohólica; hotel, motel, auto hotel y hostal con servicio de restaurante bar; clubes de servicio, sociales y/o deportivos; destilación, envasadora y bodega de bebidas alcohólicas.
Tienda de autoservicio o departamental con venta de bebida alcohólica en botella cerrada; Bar; discoteca; cabaret; otros establecimientos; alimentos en general con venta de cerveza en botella abierta; salón de espectáculos públicos con venta de bebidas alcohólicas, centro de entrenamiento con venta de alimentos y bebidas alcohólicas que se encuentren ubicados dentro de la demarcación territorial del ayuntamiento.
Foto: Plano Informativo