La diputada de Morena María del Carmen Saavedra propondrá reformar el Código Penal para justificar la legítima defensa, cuando las victimas se encuentren en estado de confusión, miedo o terror.
A través de la reforma a los artículos 26 y 29 de dicho Código, la legisladora establecerá la legítima defensa en dichos casos siempre y cuando el presunto responsable pueda comprobar su estado de afectación.
“Para que la legítima defensa se pueda justificar moral y legalmente, es necesario que exista un peligro actual e inminente, lo que significa que la persona que se presente o nos amenaza sea con un riesgo cercano, de tal modo que sea grave y que ya lo vemos descargarse sobre nosotros; no el peligro que presentimos, el conjetural que puede o no acaecer, sino el cierto, indubitable, que nos llena de temor y embarga nuestro espíritu; lo actual e inminente de la agresión, determinan la existencia de un peligro; más este peligro debe valorarse por el Juez en cada caso, con criterio relativo y no absoluto” cita la diputada en la justificación de su iniciativa.
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Por tal motivo, la agresión o el peligro sobre la victima deberá ser catalogada cono inevitable e inminente, hecho que queda a criterio de cada juez.
“No se considerará exceso en la legítima defensa cuando concurran circunstancias en las que la persona que se defiende se encuentre en estado de confusión, miedo o terror que afecte su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta o la racionalidad de los medios empleados” es el texto adherido al artículo 29 del código penal.
Mientras que al artículo 26 solo se le adiciona el que la legitima defensa podrá ser invocada en caso de “daño, lesión o privación de la vida”.