Hasta cinco años de cárcel se impondrán a padres de familia que evadan la obligación alimentaria con sus hijos, según establece una reforma aprobada por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado.
Con ello se tipificará el fraude familiar en el estado con el objetivo de evitar que los padres oculten los bienes producto del patrimonio familiar, los pongan a nombre de terceros, cambien el nombre de las propiedades u oculten los ingresos salariales.
Por lo anterior, se aprobó una modificación al Código Penal del Estado, a iniciativa de la diputada local del PRI, Rocío García Olmedo, que añade el artículo 407 Bis en el que se señala como delito el fraude familiar.
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Este consiste en ocultar, transferir o adquirir a nombre de terceros los bienes generados durante el matrimonio, concubinato o relaciones de hecho, así como mentir y ocultar los ingresos producto de un trabajo remunerado.
Las sanciones que contempla son de uno a cinco años de prisión y una multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito, es decir alrededor de 26 mil pesos.
Con ello se busca garantizar que la manutención de los hijos no quede sujeta únicamente a la madre después de una separación, pues se obligará a aquellos padres irresponsables a cubrir las necesidades de alimentación, vivienda, educación, salud y recreación de las hijas e hijos, así como de la cónyuge o concubina de recibir recursos para cubrir sus necesidades básicas.
El dictamen de la iniciativa fue turnado a la Mesa Directiva para su aprobación por el Pleno del Congreso del Estado, el cual tendrá que avalarlo en una sesión extraordinaria.