Ícono del sitio MTP Noticias

Cancelan y revocan otras dos notarías operadas por prestanombres morenovallistas

En Puebla continúa la limpia de notarías cuyos beneficiarios fueron morenovallistas, quienes obtuvieron las patentes para operarlas a través de prestanombres. Los dos casos más recientes son la 35 de Puebla la cual fue cancelada y la 9 de Tehuacán que fue revocada y cancelada.

 

En el Periódico Oficial del Estado de Puebla se publicaron este 14 de octubre las determinaciones firmadas por el consejero jurídico estatal, Ricardo Velázquez Cruz.

 

En uno de los casos, el gobierno aceptó la renuncia de Jorge López Cuevas, a la patente de titular de la Notaría Pública Número 9 del Distrito Judicial de Tehuacán, con sede en Tehuacán, la cual fue presentada el pasado 24 septiembre.

 

“SEGUNDO. Se declara la revocación y cancelación de la Patente de Titular de la Notaría Pública Número Nueve del Distrito Judicial de Tehuacán, con sede en Tehuacán, Puebla”.

 

El 29 de octubre de 2019, Ricardo Velázquez afirmó que esta Notaría en realidad fue entregada a la diputada federal Verónica Sobrado, beneficiaria del morenovallismo.

 

Lee: “¿Qué se creyeron estos cabrones?”, explota Barbosa contra morenovallistas por casos de fraude (VIDEO)

 

En el otro caso, se publicó en el Periódico Oficial del Estado la cancelación de la patente de titular de la Notaría Pública 35 del distrito judicial de Puebla, otorgada a Ernesto Zambrano Ramos.

 

“TERCERO. Una vez que la declaración de cancelación prevista en los resolutivos de este Acuerdo, surtan sus efectos, la Consejería Jurídica, por conducto de la Dirección General del Notariado, deberá acordar y ejecutar la Clausura del Protocolo de la Notaría Pública Número 35 del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, concediéndose al C. Ernesto Zambrano Ramos el derecho de asistir al acto en el que se recogerán el protocolo, el sello y demás documentos relacionados con el servicio, la formación del inventario y la entrega de lo que se dijo ser la Notaría Pública, incluidos los derechos pagados por los clientes pendientes de enterar, debiendo poner razón en cada uno delos volúmenes en uso, que contendrá la fecha de la diligencia, momento a partir del cual la Dirección del Archivo de Notarías deberá sellar el expedientillo e integrarlo al expediente relativo, concluir los trámites notariales correspondientes, autorizar definitivamente los instrumentos que proceda a través de la revalidación y destruir el sello respectivo, en términos de las leyes aplicables”.

 

Por Alfredo Ramírez

Salir de la versión móvil