Aunque el presidente del Congreso de Puebla, Eduardo Castillo, se desdijo en torno a una impugnación de la designación de Sergio Salomón Céspedes como gobernador sustituto de la entidad, tras la muerte del exgobernador Miguel Barbosa Huerta, la realidad es que sí hubo personas que recurrieron al Poder Judicial de la Federación.
Decimos “personas” porque es más de una la que está involucrada. Si bien el juicio de amparo fue promovido por un tal Jesús Arturo Beltrán Salgado, a través de sus abogados Rocío García Romero y Máximo Javier Castillo Flores, lo verdaderamente interesante es saber quién o quiénes están detrás.
O, ¿cree usted que a un simple ciudadano le interesó pagar por abogados para buscar echar abajo el nombramiento de Sergio Salomón como nuevo gobernador de Puebla la madrugada del 15 de diciembre de 2022, el mismo día que sería enterrado Barbosa?
Qué casualidad que, a la par que se interpuso este recurso, un columnista “nacional”: Hiroshi Takahashi, director de El Sol de México y autor de El Espectador, escribió sobre la impugnación, mintiendo que se había violado el Artículo 74 de la Constitución del Estado de Puebla porque Céspedes no era elegible, ya que debió haberse separado 90 días antes de su cargo como presidente del Congreso, omitiendo que aplicaba en caso de una elección.
Ya sabemos que en este caso no hubo un proceso electoral, sino un procedimiento administrativo para cubrir la ausencia del gobernador Barbosa, quien falleció por causas naturales el 13 de diciembre pasado.
En su cuenta de Twitter, Edmundo Velázquez, reportero de Periódico Central, exhibió los documentos del juicio de amparo 2309/2022, en el que dio detalles que la impugnación se interpuso el 28 de diciembre pasado.
¿Qué reclamaban los interesados en quitar de la gubernatura a Sergio Salomón Céspedes?
En el acto reclamado, el tal Jesús Arturo Beltrán Salgado, alegó que fue inconstitucional la designación de Sergio Salomón, porque según él y sus abogados, en el artículo 162 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo se da cuenta de que solo se pueden integrar al Orden del Día asuntos que hayan sido presentados en Oficialía de Partes 24 horas antes de anticipación, cosa que no ocurrió en este caso.
Además, reclamó que Sergio Salomón no se haya separado de su cargo 90 días antes, como marca la constitución, dejándose llevar por lo que otros estuvieron alegando a través de sus redes sociales, ignorando que eso solo es válido en caso de una elección.
La ignorancia de quienes están detrás de esta impugnación quedó exhibida, ya que el recurso fue desechado por Ana Laura Gutiérrez Sauza, secretaria del Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios federales del estado de Puebla.
Así pues, quedó claro que mienten quienes siguen usando el discurso de que la designación de Sergio Salomón Céspedes fue ilegal. Se les recomienda contratarse mejores abogados, que sí sepan de leyes.