2° INFORME DE RESULTADOS SERGIO SALOMÓN, DOS AÑOS JUNTOS DOS AÑOS PRESENTES

Reza el artículo 1° Constitucional en su párrafo primero:

“…En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece…”

Lo cito como preámbulo del tema que, el día de hoy se abordará; un tema que sé, muchas personas discreparán, y despertará polémica; pero creo es importante hacer ver a la opinión pública que no todo es como se le hace creer en relación al tema de feminicidio.

La definición de feminicidio refiere como “un acto en extremo lesivo y de alta gravedad, contextualizado en un ámbito institucional y cultural donde impera la discriminación y la violencia de género”, en donde una característica es la extrema violencia y contenido deshumanizante, como torturas, mutilaciones, quemaduras, ensañamiento y violencia sexual, todo ello utilizando mujeres y niñas.

Diana Russell, promotora inicial del concepto, lo definió como «el asesinato de mujeres por hombres motivados por el odio, desprecio, placer o sentido de posesión hacia las mujeres». Varios países lo han incluido como delito en sus legislaciones penales, con variaciones en el tipo penal.

Es en este punto donde, a consideración de quien está detrás de estas líneas discrepa, pues no podemos hablar del feminicidio como un tipo penal autónomo e independiente, ya que de lo contrario debiésemos también, siendo congruentes y no entrar en discriminación, hablar de la creación del tipo penal del varónicidio, lo que resultaría de igual manera irónico e hilarante, pues para ello existe ya en la ley penal la figura del homicidio.

Ahora bien, que dicho ilícito sea cometido por odio en razón del género, o alguna de las condiciones que se contemplan para estimar se cometió un feminicidio, debieran de estimarse como “AGRAVANTES” del hecho de homicidio, no como actualmente se contempla un tipo penal autónomo.

Si bien es cierto en nuestro estado, de manera incontrovertible ha habido un incremento de homicidios cometidos en contra de féminas, la autoridad persecutora de los delitos, todo pretende encuadrarlo como un feminicidio, creando una especie de psicosis social, y es aquí donde me pregunto, ¿acaso dicha circunstancia pretenden aquilatarla como un estandarte político sobre todo ahora que vivimos un ambiente enrarecido políticamente hablando?

Casi a diario escuchamos por las noticias que, cuando es privada de la vida una mujer, pretenden acusar al agresor por el delito de feminicidio; si el agresor era pareja sentimental de la finada, se le acusa por feminicidio, si la causa origen de la agresión fue por adeudos, se acusa por feminicidio al agresor, etc., luego entonces debiera saltar otra interrogante, es decir, si es una mujer la que priva de la vida a otra no es feminicidio?

Actualmente, en nuestro estado se habla, incluso de la declaratoria de una alerta de género, y eso es una situación grave, visto desde el punto de vista social y jurídico, pues, si realmente el sector político se asesorara debidamente y pusieran en práctica una adecuada política criminal, no estaríamos en las condiciones en las que nos encontramos, ello es así estableciendo que no solo ha aumentado el homicidio de féminas, sino del homicidio en general, tanto de hombres y mujeres, donde la violencia es un sello distintivo.

Los motivos son diversos, el índice de maldad reflejado en el ser humano se ha disparado en la última década, según lo refieren los especialistas citando por ejemplo los trabajos realizados por el Doctor Michael Stone; y mientras no se hagan estudios efectivos y se distraiga la atención social con proyectos de campañas que utilicen como estandarte político el incremento de las penas como una solución, el problema seguirá presente y en incremento, pues dicha solución solo es un paliativo al problema en sí, es como dar a un paciente una aspirina cuando el cuadro que presenta es una amputación de una extremidad.

.Quiero enfatizar que estoy a favor del movimiento feminista, pero siempre partiendo desde un punto de vista lógico y objetivo, pues de lo contrario no seriamos parte de la solución y si, por el contrario un factor de incremento del problema… o ustedes apreciables lectores que opinan.

Hasta la próxima…¡

Foto: Voz Imparcial

Buen fin Viaja a CDMX
Keren Reyes

Hablando Derecho

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