En el delito de abuso sexual, la expresión acto sexual debe entenderse como cualquier acción dolosa con sentido lascivo que se ejerza en el sujeto pasivo, sin su consentimiento, el cual podría ser desde un roce, frotamiento o caricia, pues el elemento principal que se debe valorar para considerar que se actualiza el delito en mención, es precisamente la acción dolosa con sentido lascivo que se le imputa al sujeto activo, de tal manera que un roce o frotamiento incidental ya sea en la calle o en alguno de los medios de transporte, no serían considerados como actos sexuales, de no presentarse el elemento intencional de satisfacer un deseo sexual a costa del sujeto pasivo.
En este tipo de delitos la mayoría de agresores son personas conocidas o inclusive familiares del agredido. Casi el 93 por ciento de las víctimas menores de 18 años de edad conocen a su agresor, pero éste no necesariamente tiene que ser un adulto para lastimar a un niño o niña.
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El victimario generalmente tiene cierto tipo de relación de la víctima en cuestión, puede ser un hermano, amigo, familiar, maestro, entrenadora, instructor, cuidador o nana, o el padre o madre de otro niño. De acuerdo con la organización 1de6, en el caso del abuso sexual infantil es el resultado del comportamiento abusivo que se aprovecha de la vulnerabilidad de un niño y de ninguna manera está relacionado con la orientación sexual del agresor.
En Puebla recientemente la Físcalía General del Estado dio a conocer que los mayormente abusados sexualmente son las infancias y las personas con alguna discapacidad mental que les impida razonar o tener sentido sobre la realidad, representando las dos quintas partes del total víctimas de abuso sexual en 2021.
Revelando que durante 2021 se registraron 987 casos de abuso sexual, de los cuales 468 entraron en la figura de violación equiparada y en 413 casos las personas agredidas fueron mujeres y en 55, hombres.
La mayoría de estos casos las víctimas fueron menores de edad, es decir, fueron agredidos 318 infantes, de los cuales el 86 por ciento fueron niñas. Las personas con la imposibilidad médica o congénita para tomar una decisión, se encuentran vulnerables ante el abuso sexual, particularmente las mujeres. De las 81 víctimas que la autoridad ministerial contabilizó en esa condición, resultó que tres de ellas eran del sexo femenino.
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Unicef refirió que durante la pandemia de Covid-19, uno de los sectores más afectados fue el de menores de edad, pues el confinamiento acentuó sus posibilidades de ser víctimas de violencia, entre ellas la sexual.
Recordemos que Puebla se colocó en el primer trimestre de este año como el décimo primer estado de la República con más carpetas iniciadas por delito de abuso sexual con 467 y de acuerdo con datos Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal en el “Análisis de 5 delitos en los municipios AVGM del estado de Puebla”, comparó el número de carpetas iniciadas por los delitos de violación, abuso sexual, violencia familiar, feminicidio y trata de personas, durante el primer semestre del 2022 con el mismo periodo del 2021.
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El derecho de Prioridad y máxima protección en niñas, niños y adultos con discapacidad mental como víctimas de agresiones sexuales deben estar en el centro de la toma de decisiones de las autoridades, por que no debe permitirse que los más vulnerables sean abusados.
Por Keren Reyes / @keren_kelly
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