El 14 de noviembre de 2014 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó su Sentencia en el Caso de ‘Rodríguez Vera y otros “Desaparecidos del Palacio de Justicia” vs. Colombia’, simbolizó un avance significativo en la jurisprudencia de la Corte Interamericana en temas de género; por primera vez la Corte Interamericana calificó un acto como violencia sexual siendo la víctima de sexo masculino, sin soslayar que existen antecedentes desde 1994 de asuntos relacionados con lesiones o golpes en órganos genitales por tortura, para 2006 se decidió el caso del Penal Miguel Castro Castro vs. Perú y se calificó un acto como violencia sexual por primera vez.
Como hemos referido en otra entrega de esta columna, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadistica y Geografía, se cometen 9 delitos sexuales a mujeres por cada delito sexual cometido a hombres.
La lucha contra la violencia contra la mujer ha logrado reconocer que la violencia sexual puede constituir tortura, ahora es necesario que se reconozca en el caso de las víctimas hombres, por su parte el delito de violación en el artículo 267 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla refiere lo siguiente:
Al que por medio de la violencia física o moral tuviere cópula con una persona sea cual fuere su sexo, se le aplicarán de diez a treinta años de prisión. Se entiende por cópula, la introducción del pene en el cuerpo humano por vía vaginal, anal o bucal.
Esta conducta se relaciona con el poder de una persona sobre otra, aunado a las concepciones de género sobre qué es femenino y qué es masculino. En el caso de victimas hombres, se ha considerado como incompatible con el rol masculino porque se considera que el hombre no haya sido capaz de prevenir el ataque y las consecuencias del mismo.
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Si el objetivo es lograr la igualdad, es importante no omitir en la discusión la posibilidad de que los hombres sean reconocidos como víctimas, por que generalmente lo que ocurre es que se duda de su calidad de víctima solo por estereotipos de género cegando la visión en la atención e investigación por el velo de la discriminación.