2° INFORME DE RESULTADOS SERGIO SALOMÓN, DOS AÑOS JUNTOS DOS AÑOS PRESENTES

@LAWNAVY

Buen inicio de semana tengan todos nuestros apreciables lectores…

En los últimos días en los medios locales de comunicación, se ha ventilado un tema que de suyo es polémico y controversial, dicho tema es la despenalización del aborto, tema que en el ámbito legislativo ha sido tema de discusión, donde por un lado la diputada federal e integrante de la Comisión de Salud en la Cámara Baja, Martha Tagle Martínez, quien está a favor de legalizar el derecho a decidir de las mujeres sobre su cuerpo, refiriendo que despenalizar el aborto en Puebla no contraviene la Constitución local dado que el derecho a la vida también está reconocido a nivel federal y de lo que se trata es poner a salvo a las mujeres que están en riesgo por interrumpir su embarazo hasta las 12 semanas de gestación y que tengan la opción de abortar sin que la ley les imponga sanciones.

Martha Tagle consideró que en Puebla se pueden modificar los artículos 339340341342 y 343 del Código Penal para que el Estado despenalice el aborto, pues hay mujeres que han sido criminalizadas y perseguidas, por lo que se debe garantizar el derecho que tienen a decidir, así como educación sexual, anticonceptivos suficientes y la interrupción legal para que no mueran.

Por su parte, Genoveva Huerta Villegas, dirigente estatal de Acción Nacional, se pronunció a favor de la vida y rechazó la propuesta de despenalización del aborto realizada por Rocío García Olmedo, diputada del PRI, en el Congreso de Puebla.

La referida dirigente apoyó la posición de la fracción parlamentaria de su partido y señaló que en la Constitución Política del Estado está garantizado el derecho a la vida desde la primera instancia de su existencia y confió que en el Congreso local no pase esta reforma al artículo 339 del Código Penal.

Por otro lado, pese a que la diputada local Cristina Tello Rosas dijo que en Puebla no hay mujeres en la cárcel por abortar, el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia, Héctor Sánchez Sánchez, confirmó que hay caso de féminas procesadas, aunque “no son los delitos más frecuentes”.

Sánchez Sánchez, en su oportunidad, dijo que la apreciación que se tiene en el Poder Judicial del aborto no es otro más que en el cumplimiento estricto a la ley, y que si no se han enjuiciado a tantas mujeres es porque el sistema penal acusatorio que hoy en día se maneja es muy dinámico.

No es la primera vez que un legislador morenista se pronuncia en contra de esta iniciativa, Emilio Maurer Espinosa y Héctor Alonso Granados son otros de los legisladores de esta bancada que van contra de la despenalización del aborto

Tanto revuelo causó este controversial tema, aunado a los dichos de los diputados de Morena como “hay que pensar antes de abrir las piernas” y los pines de bebés que usaron los diputados del PAN, parece apremiante hablar de la situación del aborto en Puebla. ¿Hay esperanza para la libre decisión de las mujeres del estado?

Sea con cárcel o con trabajo comunitario, el estado de Puebla se niega a reconocer al aborto como un derecho de la mujer. Mientras que el aborto se legalizó en la CDMX a partir del 2007, en Puebla sigue (y aparentemente seguirá) penado.

Según la sección XIII del Código del Estado de Puebla, se considera aborto a la muerte del producto de concepción en cualquier momento de la preñez; además, aquel que haga abortar a una mujer, con el consentimiento de esta, tendrá una sentencia de uno a tres años en prisión.

Si, por otro lado, el aborto se hace sin el consentimiento de la mujer, aquel que lo realice tendrá una sentencia de entre seis años y ocho si fuera de manera violenta, pero si el aborto fuera realizado por un médico, además de la sanción previa, también perderá el uso de su licencia durante dos o cinco años.

En al artículo 342 de la misma sección se estipula que la madre que aborte tendrá una sentencia de seis meses en prisión mientras ocurran las tres circunstancias siguientes:

Que no tenga mala fama. (Sí, en pleno 2019)

  • Que haya logrado ocultar su embarazo.
  • Que el embarazono sea producto de un matrimonio.

Si la mujer no contara con alguno de estos elementos, el tiempo de sentencia aumentaría de uno a cinco años en prisión, aunque se estipula que el aborto no será sancionable en caso de violación, eugenesia, imprudencia y peligro de muerte; la legislación no prevé el procedimiento para que este derecho se cumpla, es decir, no existe el procedimiento.

Si, por ejemplo, una mujer quisiera abortar con motivo de una violación, se tendría que realizar un juicio contra el violador que tardaría más del tiempo autorizado para realizar el aborto.

A pesar de esto, Puebla se mantiene en el tercer estado en realizar más abortos, según la ILE (Interrupción Legal del Embarazo). Las mujeres poblanas se ven en la necesidad de acudir a la CDMX para poder abortar; sin embargo, de 2006 a 2017 se han presentado 55 denuncias, 37 juicios, 13 sentencias y 5 personas han sido recluidas en prisión por cargos de aborto.

Es el tema del aborto uno que a la sociedad jamás se unirá sin que haya discrepancia, pues involucra creencias morales, médicas y jurídicas; el resultado aún no se sabe, pero creo que si la sociedad fuera más consiente y de manera responsable ejerciera su sexualidad, el problema de embarazos no deseados y por ende la “necesidad de recurrir a los abortos” se reduciría drásticamente…

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Buen fin Viaja a CDMX
Keren Reyes

Hablando Derecho

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