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Corrupción, una contaminación del ambiente

Recordemos que en la firma del T-MEC se prevé que México debe hacer frente a la corrupción, no solo como buenas prácticas, sino que deben investigarse las conductas que recaigan en ello, debe contribuir a fortalecer la política anticorrupción, así como desarrollar una cultura de prevención y combate a la corrupción en el sector público y privado, fortalecer la cooperación y coordinación entre autoridades, asimismo, la facilitación del intercambio de experiencias y mejores prácticas, como refiere el capitulo 27, donde se adoptará o mantendrán las medidas que sean necesarias, de conformidad con sus principios jurídicos, para establecer la responsabilidad de las personas jurídicas, funcionarios públicos y quienes intervengan en su comisión.

 

Por su parte el delito de corrupción se considera grave en nuestro máximo ordenamiento legal, al imponer la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar.

 

Pero, ¿que es la corrupción?. Consiste en el abuso del poder para beneficio propio. Se clasifica a gran escala, menor y política, según la cantidad de fondos perdidos y el sector en el que se produzca.

 

La corrupción a gran escala consiste en actos cometidos en los niveles más altos del gobierno que involucran la distorsión de políticas o de funciones centrales del Estado, y que permiten a los líderes beneficiarse a expensas del bien común. Por su parte, los actos de corrupción menores consisten en el abuso cotidiano de poder por funcionarios públicos de bajo y mediano rango al interactuar con ciudadanos comunes, quienes a menudo intentan acceder a bienes y servicios básicos en ámbitos como hospitales, escuelas, departamentos de policía y otros organismos.

 

La corrupción política es la manipulación de políticas, instituciones y normas de procedimiento en la asignación de recursos y financiamiento por parte de los responsables de las decisiones políticas, quienes se abusan de su posición para conservar su poder, estatus y patrimonio.

 

La corrupción implica una diferencia de trato arbitraria, al colocar en una situación de ventaja a la persona que brinde los recursos económicos o incentivos para acceder a determinados bienes y servicios, los cuales pueden estar vinculados al contenido esencial de derechos económicos, sociales y culturales, por ende, una violación a derechos humanos.

 

Debemos tener claro que la corrupción no debe ser normalizada, pues tenemos el derecho humano a vivir en un ambiente libre de corrupción por que en este sentido, puede generar la vulneración del derecho a la igualdad y no discriminación, según los artículos 2.1, 3 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, as. como 2.2 y 3 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en el agravamiento de esta vulneración).

 

Por otro lado, las prácticas corruptas pueden violar el principio de progresividad previsto en el artículo 26 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos que reconoce la obligación de los Estados de adoptar las medidas necesarias para progresivamente lograr la realización efectiva de los derechos económicos, sociales y culturales.

 

En atención a lo anterior existen indicadores que nos permiten mirar la corrupción: los subjetivos y los objetivos. Los primeros se sustentan en la percepción de la gente con respecto a la corrupción realizada por un determinado órgano: la policía, los jueces, el gobierno, los partidos. Los segundos dan cuenta de hechos específicos de corrupción: cantidad de dinero desviado, de sobornos pagados, por mencionar algunos.

 

De acuerdo al INEGI, de la percepción sobre la frecuencia de actos de corrupción en el estado de Puebla, el 89.5% de la poblacio?n de 18 an?os y ma?s percibio? que los actos de corrupcio?n en su entidad son muy frecuentes o frecuentes seguido de la presencia de la corrupción en los partidos poli?ticos con 89.5%.por encima del porcentaje a nacional de 87% de la poblacio?n que percibio? que los actos de corrupcio?n en su entidad son muy frecuentes o no.

 

Por ende, no existe confianza en las instituciones o actores de la sociedad, debe evitarse la propagación de la corrupción encontrando sus elementos siendo monopolio más arbitrariedad menos transparencia como menciona KLITGAARD (C= M+A-T) como mencionábamos en una entrega anterior para este espacio sobre financiamiento ilegal.

 

No bastan acciones de corto plazo, para lograr limpiar momentáneamente el ambiente donde se ha adueñado la corrupción por su paso, sino una visión holistica del mismo para desinfectar y purificarlo, haciéndolo adecuado para los escenarios político, social, económico de la sociedad y con ello pueda desenvolverse libremente.

 

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Por Keren Reyes/ @keren_kelly/  @SIDECALI

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